martes, 1 de abril de 2025

Error policial y judicial

 

Cartel que se difundió a raíz de
la desaparición de Rocío Wanninkhof

 

El caso Wanninkhof

Traemos hoy a esta sección un ejemplo de lo que no debe hacerse en una investigación policial y judicial, que demuestra la importancia que tienen los procedimientos científicos en este tipo de investigaciones. Cuando se emplearon mal, condenaron a una inocente; cuando lo hicieron bien (el ADN de la colilla, como veremos más adelante), la sacaron de la cárcel.

 

El caso Wanninkhof es uno de los errores policiales y judiciales más notorios en la historia reciente de España. Se trata de un crimen que sacudió al país a finales de los años 90 y cuyo desarrollo puso en evidencia graves fallos en la investigación y el sistema judicial. Sirve de advertencia sobre los peligros de dejarse llevar por las apariencias y la opinión pública, en lugar de basarse en pruebas científicas y un análisis objetivo de los hechos.

 

El crimen y la investigación inicial

 

El 9 de octubre de 1999, Rocío Wanninkhof, una joven de 19 años, salió de casa de su novio y se encaminó a su domicilio, a unos 500 metros de distancia. Nunca llegó. El 2 de noviembre, su cuerpo fue encontrado en muy mal estado (no se pudo determinar si había sido violada) y cosido a puñaladas, lo que desató una intensa investigación policial. La presión mediática y social para resolver el crimen fue enorme, lo que llevó a una serie de decisiones precipitadas por parte de los investigadores. Primero sospecharon de su novio, por ciertas contradicciones relativas a cómo iba vestida Rocío.

 

Más tarde, en un contexto de falta de pruebas concluyentes, la atención de los investigadores se centró en Dolores Vázquez, expareja de la madre de Rocío. Se argumentó que existía una relación conflictiva entre Vázquez y la joven, cosa que era cierta, y que su carácter frío y reservado la hacía sospechosa. A pesar de no haber pruebas físicas ni testigos directos que la implicaran en el crimen, fue detenida y llevada a juicio.

 

¿En base a qué se la condenó?

 

El juicio de Dolores Vázquez se llevó a cabo en 2001 y estuvo marcado por la influencia de los medios de comunicación, que la retrataron como una mujer calculadora y vengativa. La fiscalía basó su caso en indicios circunstanciales, sin pruebas concretas.

 

Alicia Hornos, la madre de la víctima y expareja de Dolores, estaba convencida de la culpabilidad de Dolores Vázquez y fue una de las principales instigadoras de la acusación. Además, una mujer que introdujo la guardia civil en el entorno de Dolores, lo corroboró: "Era fría, calculadora y agresiva".

 

Las huellas de vehículo que se encontraron en el lugar, tanto de la agresión como de la aparición del cuerpo, no coincidían con las del coche de Dolores. pero ese inconveniente fue soslayado por la Fiscalía argumentando que la acusada podría haber robado un vehículo de algún turista, que solían dejar con las llaves puestas, o haber alquilado un coche. Nada de eso se investigó, para ver si podía o no ser cierto.

 

Los duros interrogatorios a que fue sometida la acusada por parte de la guardia civil, y más tarde durante el juicio, no dieron resultado: en ningún momento se derrumbó ni incurrió en contradicciones. Tenía, para el momento de la desaparición de Rocío, una coartada que no era demasiado sólida. Pero, obviamente, ni ella ni nadie tiene que demostrar su inocencia.

 

La prueba más sólida fue la aparición de unas fibras encontradas en el cadáver de Rocío que, según el Instituto de Toxicología, se correspondían con una prenda que Dolores solía vestir. Pero, más tarde, un análisis posterior realizado por el Laboratorio de Investigación Criminalista de la Guardia Civil desecharon esa pretendida similitud. En base a ello, se solicitó la libertad provisional de Dolores, que fue denegada por el juez instructor.

 

Las huellas dactilares encontradas en unas bolsas que había al lado del cadáver, con pertenencias de la víctima, no coincidían con las de Dolores. Cuando la defensa solicitó el cotejo de las huellas que había en los objetos de la víctima (que, probablemente, habían sido manipulados por el asesino, pues estaban metidos en la bolsa de plástico), el juez denegó la prueba.

 

Por último, posiblemente influyó el testimonio de dos personas: una empleada ucraniana que había trabajado en el domicilio de Dolores declaró haber visto a la acusada apuñalando una foto de Rocío el mismo día en que se encontró su cadáver. Y una vidente declaró que, en una sesión con Dolores, esta declaró tener planes de venganza contra Rocío.

 

¿Se puede condenar a una persona por tener una marcada animadversión a la víctima y ser fría, calculadora, violenta y vengativa (si es que lo era, porque otros testimonios lo desmentían)? Pues, en este caso, sí. Un jurado popular, influenciado por los medios, la condenó en septiembre de 2001. El juez la sentenció a 15 años de cárcel y una indemnización de 18 millones de pesetas a la familia de la víctima, que equivaldrían a algo más de 150.000 euros de hoy en día.

 

Ante el recurso de la defensa, basado en la falta de motivación del veredicto del jurado y en la influencia de los medios de comunicación, el TSJ de Andalucía ordenó repetir el juicio, que se habría celebrado en el otoño de 2003.

 

El crimen de Sonia Carabantes

 

Pero no hubo lugar a dicha repetición. En agosto de 2003 desapareció de Coín, muy cerca de Mijas, la joven Sonia Carabantes. El asesino, Tony Alexander King, un británico residente en la zona, fue denunciado por su ex mujer. Y la guardia civil, quizá porque no tenía la conciencia muy tranquila en el caso Wanninkhof, comparó su ADN con el de una colilla hallada cerca del cadáver de Rocío. Coincidían. Dolores Vázquez fue declarada inocente y puesta en libertad.

 

Pero ya había pasado un año y cinco meses en la cárcel, y su vida había quedado marcada para siempre. "Hace 20 años lo perdí todo, nunca volveré a ser la misma", explicó mucho después la mujer. Y es cierto: en casos así, con frecuencia se pierde el trabajo, la pareja, los amigos, la relación con los familiares, la vivienda... Se convierte uno en un apestado, y el daño es irrecuperable, además de la experiencia traumática que supone la estancia en la cárcel.

 

Es cierto que el TSJ de Andalucía reprendió al juez que presidió el juicio por no haber devuelto la sentencia al jurado ante su falta de motivación, pero nadie, ni de la guardia civil ni de la judicatura, fue sancionado por la cadena de errores que llevaron a la injusta y absurda condena de Dolores. Y el Estado no le ha pedido perdón, a pesar de que ella se lo ha solicitado.

 

Muchas preguntas sin respuesta

 

¿Cómo es posible que se condenara (incluso, que se detuviera e imputara) a una personas por meras sospechas? ¿Cómo es posible que el primer análisis de las fibras diera concordante? ¿Por qué se la condenó sin la más mínima prueba sólida? ¿Por qué no devolvió el juez al jurado una sentencia que estaba sin motivar, siendo este un requisito imprescindible para su validez? ¿Qué habría ocurrido si no llega a denunciar su ex a Toni Alexander King? ¿Es aconsejable poner en manos de ciudadanos "de a pie", y por tanto, muy influenciables, los casos criminales muy mediáticos en los que los medios de comunicación ya han dictado sentencia? ¿Hay otros casos como este, en los que un inocente lleve años pudriéndose en la cárcel?

 

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